ley_monetaria

Poder Judicial de Honduras

Decreto Numero 51
El Congreso Nacional,
D E C R E T A:
La siguiente
LEY MONETARIA
Artículo 1.- La unidad monetaria de Honduras es el Lempira, cuyo símbolo es L.
El Lempira se divide en cien partes denominadas centavos.
Artículo 2.- Mientras no se cambie su valor en la forma prevista en la Ley del Banco
Central de Honduras, el Lempira será igual a 0.444335 gramos de orofino.
Artículo 3.- El tipo de cambio de las divisas será determinado en función de la oferta
y la demanda, dentro de las normas que dicte el Directorio del Banco Central de
Honduras. 1
Artículo 4.- Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior:
a) Los pagos que, como resultado de transacciones internacionales deban
efectuarse desde Honduras al extranjero y desde el extranjero a
Honduras.b) Las remuneraciones a favor de personas o entidades domiciliadas en el
exterior por servicios prestados temporalmente en el país.
c) Las transacciones menores que efectúen los turistas y viajeros, las
Reforma Artículo 3; Mediante Decreto No. 136-94, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta No. 27,486 del 28 de octubre del año 1994, cuyo texto integro aparece al final
como anexo.

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cuales estarán sujetas a las regulaciones que dictare el Directorio del
Banco Central de Honduras, a fin de evitar la circulación de monedas o
billetes extranjeros en el territorio nacional.

d) Las primas e indemnizaciones estipuladas en contratos de seguro,
siempre que se ajusten a las regulaciones que sobre la materiadictare
el Directorio del Banco Central de Honduras, el cual podrá prohibir la
celebración de determinadas clases de contratos cuando los considere
inconvenientes para la situación cambiaria o para la economía del país. 2
e) Los depósitos en monedas extranjeras que se constituyan en las
instituciones autorizadas por ley para recibirlos, cuya restitución se hará
de conformidad con lo previsto en elCódigo de Comercio;3

f) Las obligaciones en favor de personas jurídicas de derecho o de interés
público que, en virtud de disposiciones legales, deban ser pagadas en
monedas o divisas extranjeras.
g) Los títulos de crédito que se emitieren, ya sea por el Estado, cumplidos
los requisitos establecidos por la ley, o bien por el Banco Central de
Honduras, previo acuerdo del Directorio, siempre que enuno u otro
caso así lo exigiere la política monetaria en beneficio de la economía
nacional; y
h) Las deudas contraídas y documentadas en moneda extranjera por
medio del Sistema Financiero autorizado y las Bolsas de valores.4
Reformado Articulo 4 numeral d ; Mediante Decreto No. 164-2007 de fecha 28 de
diciembre del año 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 31,518 del 26 de
enero del2008, cuyo texto integro aparece al final como anexo
2

Reformado Articulo 4 numeral e; Mediante Decreto No. 164-2007 de fecha 28 de
diciembre del año 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 31,518 del 26 de
enero del 2008, cuyo texto integro aparece al final como anexo
3

4 Reformado por Adición el Articulo 4 numeral h; Mediante
Decreto No. 18-90,
publicado en el Diario Oficial La GacetaNo. 27,486 del 28 de octubre del año 1994,

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Artículo 5.- El Banco Central de Honduras será el único emisor de monedas y
billetes de curso legal en el territorio del país.
Los billetes y monedas emitidos por el Banco Central de Honduras tendrán fuerza
legal y poder liberatorio ilimitado en el territorio de laRepública.
Las personas o entidades que hagan circular objetos o documentos con el fin de que
sirvan como moneda convencional incurrirán en las penas que establece el Código
Penal para los casos de falsificación.
Artículo 6.- Las monedas de la República serán las siguientes:
a) Una moneda de cien centavos que podrá ser de noventa por ciento (90%) de
acero y diez por ciento (10%) de níquel,…