Poder judicial de la federacion

LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Centro de Documentación, Información y Análisis

Última Reforma DOF 15-01-2009

LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
Nueva ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 1995 TEXTO VIGENTE Última reformapublicada DOF 15-01-2009

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO «EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:

LEY ORGANICADEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION TITULO PRIMERO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION CAPITULO UNICO DE LOS ORGANOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
Artículo 1o.- El Poder Judicial de la Federación se ejerce por: I.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación; II.- El tribunal electoral; III.- Los tribunales colegiados de circuito; IV.- Los tribunales unitarios de circuito; V.- Los juzgados dedistrito; VI.- El Consejo de la Judicatura Federal; VII.- El jurado federal de ciudadanos, y VIII.- Los tribunales de los Estados y del Distrito Federal en los casos previstos por el artículo 107, fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los demás en que, por disposición de la ley deban actuar en auxilio de la Justicia Federal.
Artículo reformado DOF22-11-1996

TITULO SEGUNDO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION

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LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
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Última Reforma DOF 15-01-2009

CAPITULO I DE SU INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO
Artículo 2o. La Suprema Cortede Justicia se compondrá de once ministros y funcionará en Pleno o en Salas. El Presidente de la Suprema Corte de Justicia no integrará Sala. Artículo 3o. La Suprema Corte de Justicia tendrá cada año dos períodos de sesiones; el primero comenzará el primer día hábil del mes de enero y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de julio; el segundo comenzará el primer día hábildel mes de agosto y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de diciembre.

CAPITULO II DEL PLENO SECCION 1a. DE SU INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO
Artículo 4o. El Pleno se compondrá de once ministros, pero bastará la presencia de siete miembros para que pueda funcionar, con excepción de los casos previstos en el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, fracción I penúltimo párrafo y fracción II, en los que se requerirá la presencia de al menos ocho ministros. Artículo 5o. Las sesiones ordinarias de la Suprema Corte de Justicia funcionando en Pleno se celebrarán dentro de los períodos a que alude el artículo 3o. de esta ley, en los días y horas que el mismo fije mediante acuerdos generales. El pleno de la Suprema Corte de Justicia podrásesionar de manera extraordinaria, aún en los períodos de receso, a solicitud de cualquiera de sus miembros. La solicitud deberá ser presentada al Presidente de la Suprema Corte de Justicia a fin de que emita la convocatoria correspondiente. Artículo 6o. Las sesiones del Pleno de la Suprema Corte de Justicia, cuando se refieran a los asuntos previstos en el artículo 10, serán públicas por reglageneral y privadas cuando así lo disponga el propio Pleno. Las sesiones que tengan por objeto tratar los asuntos previstos en el artículo 11 serán privadas. Artículo 7o. Las resoluciones del Pleno de la Suprema Corte de Justicia se tomarán por unanimidad o mayoría de votos, salvo los casos previstos en el artículo 105 de la Constitución, fracción I, penúltimo párrafo y fracción II, en los que se…