Lorti -relacion de trabajo

LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO
LORTI
Artículos relacionados con el trabajo en relación de dependencia
Art. 14.- Norma general.- Los ingresos exentos del impuesto a la renta de conformidadcon la Ley de Régimen Tributario Interno deberán ser registrados como tales por los sujetos pasivos de este impuesto en su contabilidad o registros de ingresos y egresos, según corresponda.
Art.78.- Contribuyentes no obligados a presentar declaraciones.- No están obligados a declarar los siguientes contribuyentes:
INCISO 3. Los trabajadores que perciban ingresos únicamente en relación dedependencia de un solo empleador que no utilicen sus gastos personales para deducir su base imponible de Impuesto a la Renta, o que de utilizarlos no tenga valores que reliquidar por las retencionesrealizadas por su empleador considerando aquellos. Para estos trabajadores los comprobantes de retención entregados por el empleador se constituirán en la declaración del impuesto.
Art. 79.- Anexo ala Declaración de Impuesto a la Renta de Personas Naturales.- Las personas naturales, inclusive aquellas que se encuentren en relación de dependencia, presentarán en las formas y plazos que elServicio de Rentas Internas lo establezca, un detalle de los gastos personales tomados como deducción de Impuesto a la Renta.
Parágrafo 2o.- Retenciones en la Fuente por Ingresos del Trabajo en Relaciónde Dependencia
Art. 98.- Forma de realizar la retención.- Los empleadores efectuarán la retención en la fuente por el Impuesto a la Renta de sus trabajadores en forma mensual. Para el efecto,deberán sumar todas las remuneraciones que corresponden al trabajador, excepto la decimotercera y decimocuarta remuneraciones, proyectadas para todo el ejercicio económico y deducirán los valores a pagarpor concepto del aporte individual al Seguro Social, así como los gastos personales proyectados sin que éstos superen los montos establecidos en este reglamento.
Los contribuyentes que laboran…