Ensayo pornografia infantil

«Pornografía» es un término ambiguo y difícil de delimitar. Mucha gente podría incluir en esta categoría representaciones gráficas o pictóricas no fotográficas o incluso textos escritos, peropor lo general estos medios no son incluidos dentro de la definición de pornografía infantil porque no implican necesariamente la participación de un menor en su creación. Tradicionalmente, seconsideran como pornografía infantil a aquellas representaciones fotográficas o fílmicas en formatos digital o analógico de menores de edad de cualquier sexo en conductas sexualmente explícitasya sea solos o interactuando con otros menores de edad o con adultos.

En Japón, algunos cómics manga hentai representan a niños de ambos teniendo relaciones con otros niños o, lo que seconoce como lolicon (proveniente de «Complejo de Lolita») en el caso de las niñas y shotacon en el caso de los niños. Al no tratarse de niños reales, estas imágenes no se suelen considerar comopornografía infantil.

No obstante lo anterior, según artíulo 189.1.a del Código Penal español, se establece pena de prisión para «El que utilizare a menores de edad o a incapaces con fines oen espectáculos exhibicionistas o pornográficos, tanto públicos como privados, o para elaborar cualquier clase de material pornográfico, cualquiera que sea su soporte, o financiare cualquiera deestas actividades.». Sin embargo, en el punto segundo del citado artículo, se establece asimismo pena de prisión o multa por la sola posesión de material pornográfico, aunque cita para supropio uso, lo cual establece dudas sobre la voluntariedad de la posesión, y tampoco especifica si esto es aplicable a todo tipo de material y a todo tipo de soporte o formato.

Del artículo189.7 puede interpretarse que la pornografía infantil no foto/vídeográfica (dibujos, animaciones) no es ilegal en España mientras no se hayan utilizado las imágenes o voz modificadas de un/a menor.